Qué es el traslado o repatriación de cuerpos

Traslado y repatriación de cuerpos [GUÍA]

Aquí encontrará toda la información correspondiente al traslado de cuerpos en caso de fallecimiento.

Es muy importante que conozcas cuales son estos trámites para que estés en todo momento informado de este trámite y, por este motivo, nuestros compañeros de la oficina funeraria en Barcelona nos han ayudado con ello.

¿Qué es un traslado de cuerpos?

Un traslado de cuerpos o cadáveres se produce cuando la muerte acontece en un lugar en nuestro país que es distinto de donde será enterrado.

Es decir, cuando se ha de trasladar un cuerpo hacia otro lugar para su inhumación o entierro.

Importante decir que, la ley se sanidad mortuoria prohíbe expresamente el traslado de un fallecido en un vehículo particular.

Ni siquiera una ambulancia puede realizar un traslado.

Únicamente una funeraria mediante coche fúnebres puede trasladar un cadáver ya que son los únicos que disponen de las infraestructura y personal necesario para llevar a cabo dicho traslado.

¿Qué hacer ante esta situación? ¿Cuánto cuesta?

Al trasladar un cadáver de una ciudad a otra dentro de España se pueden dar las siguientes situaciones:

  • Traslado dentro de la misma comunidad. Para poder realizar un traslado se necesitará el certificado de defunción y que hayan pasado al menos 24 horas.
  • Traslado de un fallecido de una Comunidad a otra. Se necesitarán dos certificados uno para el Registro y otro para Sanidad. Una vez autorizado el entierro o cremación se puede proceder al traslado, pero cuidado porque pueden existir requisitos especiales en cada comunidad y la funeraria tendrá que cumplirlos. Todas las empresas funerarias de España conocen los distintos casos así que en estas situaciones todo suele trascurrir sin incidentes. Se tendrá que dar aviso de la recepción del cadáver a la comunidad donde se trasladará el cuerpo de sus ciudadanos y realizar los trámites allí para su entierro.

Cada tipo de traslado de cuerpos tiene un precio diferente debido a que el coche, el conductor y el kilometraje varían en cada situación. 

En caso de necesitar un precio exacto para este servicio le recomendamos que se ponga en contacto directamente con la funeraria y que de esta manera ellos le den un presupuesto cerrado.

Repatriación de cuerpos

Si de lo que hablamos es de trasladar un cuerpo de un país a otro entonces hablamos de una repatriación del cuerpos.

En este caso España cuenta con acuerdos entre los distintos países para proceder cuando hay que devolver un cuerpo fallecido a nuestro país.

Lo habitual es que los costes del transporte del cadáver, salvo casos excepcionales, corren a cargo de la familia.

En los casos especiales es el ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación quien concede ayudas a la familia de los difuntos para la inhumación o incineración desde origen.

En cuanto a burocracia funeraria en la repatriación de cadáveres deberá presentarse una carta dirigida al Consulado solicitando autorización para el traslado del cadáver detallando el medio de trasporte que se tenga que utilizar junto con la documentación pertinente sobre el fallecido.

Deberá aportarse el certificado médico de defunción del país de traslado y del país de origen y el de la tanatopráxia realizada detallando el método utilizado para el embalsamiento.

Y, por último, un documento de las autoridades sanitarias autorizando la salida de los restos mortales del País.

De todos modos, tendrá que informarse en la embajada de los trámites a realizar ya que cada país tiene sus leyes y aplicaciones de la misma.

Las empresas funerarias ofrecen entre sus servicios funerarios el gestionar los traslados internacionales o repatriaciones.

Si el cadáver se quedará en España se tendrá que comunicar el fallecimiento en el registro civil.

Traslado de cenizas

No es lo mismo trasladar un cuerpo que trasladar las cenizas.

El traslado de cenizas no necesita de ninguna exigencia sanitaria con lo que se pueden trasportar en un estuche de cenizas y, si la compañía aérea lo permite se puede llevar hasta en el compartimento del equipaje de mano.

Siempre se deberá acompañar las cenizas del certificado de defunción del país donde falleció la persona y el certificado de defunción español y una declaración de la empresa funeraria indicando el contenido de la urna funeraria.

Por motivos como el desplazamiento, las personas eligen este tipo de servicio funerario ya que el traslado de cenizas se hace mucho más sencillo que el traslado de un cadáver.

¿Cómo se gestiona un traslado funerario? Pasos que se siguen

Se necesitan dos certificados de defunción para gestionar el traslado de un falleció entre comunidades.

Después, según el lugar de traslado se pueden pedir requisitos especiales.

Por ejemplo, en Madrid se precisan no uno, sino dos certificados de defunción uno para el Registro Civil y otro para Sanidad.

Una vez se tienen los certificados de defunción el procedimiento continúa de la siguiente manera:

  1. La empresa funeraria envía a un agente funerario
  2. La familia informa sobre qué quiere trasladar, un fallecido o unas cenizas, y a dónde
  3. Otra opción es que la familia llame a efuneraria y realice la gestión por teléfono
  4. En cualquiera de los casos se formaliza un contrato de traslado
  5. Por último se realiza el servicio de traslado del cuerpo

El proceso de  servicio de traslado de un cuerpo de la siguiente forma:

  1. El juez gracias al certificado autoriza la incineración o entierro
  2. Sanidad autoriza la salida del cuerpo hacia otra comunidad.
  3. La empresa funeraria contratada utiliza un coche fúnebre homologado y lleva consigo ambas autorizaciones
  4. En destino se realiza la recepción del cuerpo: en poblaciones pequeñas puede llegar a encargarse el párroco o el alcalde mientras que en poblaciones grandes lo recepciona u otra empresa funeraria de la zona o un representante del ayuntamiento

¿Cuáles son los plazos mínimos y máximos para dar destino a un cuerpo?

El plazo mínimo son 24 horas. A esa hora exacta se puede iniciar el traslado.

No existe un máximo, pero al pasar 48 horas Sanidad exige una conservación temporal del cuerpo.

El embalsamamiento es obligatorio cuando se realiza una repatriación o cuando se entierra en una cripta, al ser un lugar cerrado con poca ventilación.

Si se viaja por avión, aunque sea dentro de España, es necesario el embalsamamiento y si se traslada a cualquier otro país, aunque sea por carretera, también es necesario.

Para una exposición pública es suficiente con la conservación.

El plazo mínimo de 24 horas es igual en toda España.

Al transcurrir 48 horas hay cambios según la comunidad.

En algunas es obligatorio hacer conservación, en otras sólo hay que realizar una consulta a Sanidad y hay sitios donde no es necesario hasta las 72 horas.

¿Se tarda mucho en repatriar un cadáver?

Depende. Está claro que cuando hablamos de un ser querido los tiempos siempre se nos hacen muy largos por no decir eternos.

Los trámites y gestiones que hay que realizar están sujetos a normativas que hay que cumplir y en función del país de destino los requisitos pueden variar mucho.

Las empresas funerarias tratan siempre de agilizarlos, pero en muchas ocasiones dependen de las autorizaciones que proporcionan organismos externos.

Hay repatriaciones que se realizan en dos días y otras que, por el contrario, precisamente debido a las exigencias burocráticas, pueden llevar más de quince.

El modo en el que se produce el fallecimiento, si no es una muerte natural, también puede retrasar estos trámites.

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